Gray & Co. Derecho Corporativo ,Not-For-Profit 2017 Orden Ejecutiva # 62: Organizaciones sin fines de lucro.

2017 Orden Ejecutiva # 62: Organizaciones sin fines de lucro.

30 de marzo de 2017 – Orden Ejecutiva # 62

Reglas para organizaciones sin fines de lucro: asociaciones y fundaciones. 

Esta Orden fue emitida por el Ministerio de Gobierno («MinGob»), que regula las Organizaciones Sin Fines de Lucro, tales como asociaciones y fundaciones.

Ejemplos de estas organizaciones sin ánimo de lucro son:

  • Asociaciones
  • Fundaciones privadas sin ánimo de lucro
  • Iglesias
  • Iglesias religiosas, congregaciones o comunidades
  • Federaciones u otras entidades que no estén vinculadas a cooperativas, deportes, agricultura u otros tipos que tengan legislación especial.

En términos sencillos, esta Orden Ejecutiva establece los requisitos básicos para el registro de una organización sin ánimo de lucro con MinGob, quien se encarga de otorgar «status legal», que posteriormente se publica y se da a conocer a través del Registro Público de Panamá. A diferencia de las empresas, que reciben su estatus legal simplemente a través de la presentación en el Registro Público, en el caso de las entidades sin fines de lucro, es MinGob que les otorga la legitimidad.

  • Es fácil presentar los documentos a MinGob, pero necesitará los servicios de un abogado. Los requisitos básicos son:
  • Poder y solicitud del abogado
  • Estatutos, constitución del Consejo de Administración y aprobación de los Estatutos Sociales, firmados por el Presidente y el Secretario
  • Lista de los miembros del Consejo de Administración (al menos 3 miembros) – personas físicas o jurídicas. Si se incluye a una persona jurídica, esta entidad debe aprobar (accionistas o partes interesadas) la participación en el Consejo de Administración.
  • Los Estatutos, que deberán ser debidamente firmados por el Presidente y el Secretario
  • Dos conjuntos completos de copias de todo el conjunto de documentos.

La entidad no debe tener beneficiarios privados y no puede en modo alguno repartir los ingresos o las donaciones recibidas a los miembros, miembros del consejo o fundadores. Sin embargo, puede contratar personal.

Estatutos de organizaciones sin fines de lucro.

  • Nombre – en español o con una traducción al español
  • Dirección registrada en Panamá (los cambios deben ser notificados)
  • Área geográfica en la que operará
  • Objetivos detallados – es filantrópico, de unión u otra naturaleza
  • Capital inicial o donaciones a la entidad y acciones de recaudación de dinero
  • ¿Requerirá cuotas? En caso afirmativo, ¿quién establece las cuotas?
  • Cómo ser miembro, cómo se mantienen los derechos humanos y otros derechos constitucionales básicos
  • Perdiendo membresía
  • Derechos y deberes de los miembros
  • Órganos rectores: Asamblea General, Junta Directiva
  • ¿Quién es el representante legal?
  • ¿Cambiar los estatutos?
  • ¿Cómo se registrarán las cuentas? Manera en la cual registrará los fondos recibidos y gastados?
  • ¿Pueden establecerse sucursales o capítulos? ¿Cómo se puede hacer esto?
  • ¿Cuál es el proceso para disolver y liquidar? ¿Cómo se utilizarán los fondos para la disolución?

Si hay algún error en los documentos entregados, tiene 60 días para corregirlos (una vez notificado), de lo contrario la solicitud será denegada.

Miembros de la Junta

Los miembros de la Junta deben ser residentes de Panamá: personas naturales o jurídicas, panameñas o inmigrantes. El personal de la Embajada, diplomáticos y otros enviados de entidades estatales o internacionales, también pueden ser miembros. Los organismos mundiales sin ánimo de lucro también pueden ayudar a establecer organismos locales sin ánimo de lucro y nombrar a los miembros residentes del consejo, tales como:

  • Las cámaras de Comercio
  • Filantropía
  • Cultura
  • Religión
  • Educación
  • Ciencia
  • Art
  • Deporte

 

Otros asuntos

Orden # 62 en relación con organizaciones sin fines de lucro también abarca otros asuntos como:

 

  • Revisión e Inquisiciones
  • Archivos
  • Uso de fondos – prudencia y propósito
  • Cambios en los Estatutos
  • Montaje de ramas de cuerpos extraños
  • Disolución y liquidación
  • Supervisión, seguimiento y revisión

Para obtener más información sobre la creación de una organización sin fines de lucro, póngase en contacto con Betsy Moran. Ella ayudará con el proceso de registro, y el seguimiento para obtener todos los permisos, incluyendo el estatus de exención de impuestos.

Notas a pie de página:

La Orden Ejecutiva 62 sustituye a los Decretos 524 (2005), 627 (2006) y 615 (2012) del Ministerio de Gobierno y Justicia, dejándolos sin efecto.

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