Casado con un panameño: residencia, permiso de trabajo

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Si está casado con un panameño, puede solicitar la residencia en Panamá. En algunos casos, también califica para un permiso de trabajo. Un beneficio adicional es que para solicitar la ciudadanía, solo tiene que tener residencia permanente durante 3 años, en lugar de los 5 años requeridos para otros residentes permanentes. Sin embargo, cuando solicita la visa, inicialmente, la oficina de inmigración le otorga una residencia temporal de 2 años antes de otorgarle la residencia permanente. Entonces, si solicitaras las Naciones Amigas, estarías mirando la misma cantidad de tiempo.

Hay algunas advertencias sobre el proceso de inmigración cuando está casado con un panameño. El departamento de inmigración es muy minucioso en sus entrevistas y procesos. Aseguran rigurosamente que no hay fraude o mal uso de este proceso de solicitud de visa. Es esencial presentarse a la entrevista, en la fecha asignada. Perder la entrevista casi seguramente garantizará que la solicitud sea desestimada. Además, debe esperar que el departamento de inmigración inspeccione visualmente su hogar, que realmente confirme que lo hace de hecho, resida en conjunto.

Otra cosa a tener en cuenta es que el departamento de inmigración «tendrá en cuenta» que usted tiene hijos juntos. Sin embargo, esto no lo exime de la inspección de la casa o de la entrevista. Todos estos aspectos del proceso pueden parecer bastante invasivos, por lo que los describimos aquí al principio.

Requisitos para «casado con un panameño»

El matrimonio debe registrarse aquí en Panamá en el Registro Civil. Si se casó internacionalmente, entonces coordine con Joan la mejor manera de registrar el matrimonio aquí (en algunos casos, puede ser una ceremonia civil aquí).

Otros documentos básicos que se requieren incluyen:

  • Registro policial del solicitante
  • Certificado médico de buena salud
  • Acta de nacimiento del cónyuge panameño
  • Certificado (s) de nacimiento de cualquier niño panameño
  • Copia certificada de la cédula del cónyuge panameño (certificada por el Registro Civil, no un notario)
  • Prueba de la fuente de ingresos (si el cónyuge panameño es el sostén de la familia) – no siempre
  • Requerido – pregunte a Joan Villanueva cuando necesite proporcionar este
    • Carta de empleo
    • Fichas de seguridad social
    • Carta de referencia bancaria y saldos
    • Comprobante de pensión, si está jubilado
    • Declaraciones de impuestos
  • Carta de responsabilidad del cónyuge panameño (si es el sostén de la familia), indicando que son
  • Responsables de todos los gastos del solicitante
  • Solicitud de permiso de trabajo y / o tarjeta de permiso de trabajo (si el solicitante es el sostén de la
  • Familia – también opcional en algunos casos – pregunte a Joan Villanueva cuando necesite proporcionar esto)
  • Factura de servicios públicos, confirmando la dirección proporcionada en la solicitud como la residencia principal

El proceso

Como se mencionó anteriormente, cuando se postula como «casado con un panameño» inicialmente se le otorgará un «permiso provisional» temporal por 2 años. Después de que se complete este período inicial de dos años, puede solicitar la residencia permanente. En este momento, debe presentar Paz y Salvo para usted (lo que demuestra que está al día con sus impuestos panameños, por lo que es importante que presente declaraciones de impuestos relevantes durante estos 2 años)
Si enviudó durante el período de 2 años, o si se divorció pero hay hijos del matrimonio, puede continuar con el proceso de solicitud de residencia permanente. Sin embargo, esto no garantizará la aprobación del proceso.

Nota: si está solicitando un permiso de trabajo, ¡el Ministerio de Trabajo TAMBIÉN lleva a cabo una entrevista matrimonial!

Para obtener más información, comuníquese con Joan Villanueva en nuestra oficina.