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Empleada Doméstica: Guía y Preguntas Frecuentes.


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Empleada Doméstica: Guía y Preguntas Frecuentes.

Así que, tengo una empleada doméstica / niñera / ama de llaves (sí todo-en-uno) y he estado viviendo en Panamá por un poco más de 20 años. Tengo muchas preguntas sobre cosas que hacer y qué no hacer: ya que la mayoría de nuestras domésticas, niñeras y amas de casa no son de Panamá. Son de Nicaragua, Colombia, Jamaica, República Dominicana y algunos incluso de Venezuela. Algunas de las cosas que voy a mencionar no se aplicarán a su empleada doméstica de Panamá, aunque la mayoría lo harán. He tratado de organizar esto como una guía desde el inicio de la relación hasta terminarla. Espero que funcione para usted! A lo largo, he utilizado el término «doméstica» para cubrir niñera / ama de llaves / señora de limpieza, puesto que es la palabra más corta.

Y una cosa más – le estoy diciendo la forma legalmente compatible. Haz lo que digo, no como lo hago (bueno, tu vecino panameño lo hace)! Teóricamente esta bien, pero no serán atrapados.

Proceso de contratación – residencia y viaje – remisiones y agencias – contratos – seguridad social – estado de inmigración – derecho laboral – período de prueba – remuneración – horas de trabajo – vacaciones – décimo – asistencia sanitaria – maternidad – terminación – despido (terminación de contrato)

Proceso de contratación:

El proceso para encontrar una criada en Panamá puede ser desalentador, especialmente si usted tiene niños pequeños y los dejará para que los cuiden. Con los niños mayores, al menos sabes que pueden hablar contigo y decirte lo que está pasando: pero con los jóvenes es un poco de miedo.

Tus necesidades:

El primer paso es averiguar «¿qué necesito?». Tome en cuenta cuáles son las necesidades de sus hijos (si es aplicable), lo que quiere la criada para cuidar y su horario de trabajo:

  • ¿Quieres que ella cocine? Ah, y cuando usted pregunta si ella puede cocinar – asegúrese de preguntar qué tipo de cocina que ella hace? Puede que no quieras sólo arroz y frijoles!
  • ¿Va a limpiar?
  • ¿Tiene que hacer la limpieza pesada, como la limpieza de primavera? ¿Windows?
  • ¿Está involucrado el cuidado infantil?
  • ¿A qué hora necesita su hijo estar listo para la escuela o el autobús?
  • ¿Es capaz de llegar a casa del trabajo a la misma hora todos los días?
  • ¿Qué hay de tu vida social? ¿Necesita una niñera las noches de semana?
  • ¿Trabajando tarde?
  • ¿Plancha? Si lo hace, ¿cuáles son sus condiciones? Algunas sirvientas que planchan como parte del trabajo, algunos por carga «por camisa» o una cantidad adicional semanal para planchar.
  • ¿Entiende los símbolos en las etiquetas de ropa, para lavar la ropa? (Sí – porque si no lo hace, tiene que enseñarle!)
  • ¿Caminará con el perro?
  • ¿Tienes un gato o un perro? Tuve una doméstica que era alérgica a los gatos – ella era increíble, pero tuvimos que tomar caminos distintos. Lección aprendida: pregunta siempre sobre las alergias!
Qué buscar:

Mis experiencias han variado a lo largo de los años: mi señora de la limpieza ha estado conmigo casi 20 años. Ella no es impresionante en la limpieza, pero es confiable y muy honesta. Eso no tiene precio. Cuando conseguí más personal para mi casa, ella sólo se quedó limpiando mi oficina: pero ella tiene las llaves del lugar.

Tuve una ama de casa fabulosa durante años que era más una asistente personas que una ama de llaves, pero luego su marido cayó enfermo. ¡Perdí a mi esposa ese día! Me encantaba tener una esposa! Se encargó de la limpieza en seco (dejándola y recogiéndola), organizó pintores, fontaneros, mantenimiento de aire acondicionado. Ella vio el canal de cocina y luego compró víveres de acuerdo a lo que iba a probar a cocinar. ¡Insustituible! Por supuesto, no sabía que tenía una esposa hasta que ya no la tenía como mi ama de llaves. Ahora sé: necesito una esposa, no una ama de llaves!

Vivir dentro de casa en comparación con viajar durante la semana.

Una criada panameña probablemente no querrá vivir dentro de casa y tener una salida cada quince días, ya que su familia está «cerca» y quiere vivir con ellos. Pero recuerde el tráfico y los tiempos de viaje cuando se considera vivir-en frente a alguien que viaja. Para que lleguen a las 7 de la mañana cada mañana, ¿a qué hora tendrán que salir de casa? ¿A qué hora se van a llegar a casa cada tarde o noche?

Es más fácil conseguir una joven extranjera (por lo de jóvenes que me refiero 22 – 29) para vivir, pero esto también tiene posibles contratiempos. Mi experiencia con las jóvenes camareras ha sido genial al principio (1-2 años), pero luego consiguen un pareja y quieren establecerse. Entonces ya no quieren vivir durante quince días dentro de casa. Y necesitan vivir en este momento de su vida. Cuando yo estaba soltera, e incluso cuando estaba casada sin un niño, tener una doméstica que llegará en la mañana y luego irse  a media tarde estaba bien (por ejemplo 7 am a 3 pm).

Con un niño, todo eso cambia. Soy una mamá que trabaja. A veces trabajo hasta las 7.00pm, o otras veces llego a casa temprano y llevo mi trabajo a casa conmigo: estoy allí, pero no estoy «ahí». Estoy estudiando a tiempo parcial. Me ofrezco muchas horas en la Iglesia y algunas recaudaciones de fondos para organizaciones benéficas. Así que ahora tengo una criada de 40 años. Ella no corre tan rápido como una niña más joven (y por lo tanto, si la pequeña señorita casi de 4años- deja de correr, tengo que correr!). Por otro lado, ella cocina bien, está feliz de vivir dentro de casa, y es cariñosa y dulce. Bueno, lo admito! Ella mima a mi niña!

La Práctica: ¿Servicios Profesionales o Empleados?

Muchos consideran que la práctica (la enfermera recién nacida que puede obtener para su primer mes, 3 meses o 6 meses) es un servicio profesional, en lugar de un empleado. Como servicios profesionales, no tiene derecho a recibir: pago por vacaciones, décimo o liquidación al final del período para el que fue contratada. Como empleado por un contrato por un período de tiempo especificado, ella tiene derecho a todas esas cosas. Personalmente, veo la práctica como un empleado en un contrato a corto plazo. Sé que muchos no están de acuerdo conmigo en esto, ya que aumenta el costo (en alrededor del 40% si se hizo la seguridad social, etc). Si ella tiene su propio Seguro Social y está pagando como un «independiente» que cambia la imagen – y estoy de acuerdo en que ella es servicios profesionales. Pero la regla de dos vertientes en la legislación laboral es:

  1. ¿Es económicamente dependiente? Sí – ella sólo está trabajando para usted esos meses.
  2. ¿Está sujeta a sus instrucciones y le dice cómo desea que se haga el trabajo? Creo que sí, dudo que esté cuidando a su recién nacido sin que usted «supervise» cómo quiere que se haga. Puede ser cierto que ella sabe más que tú y te está proporcionando una educación mientras ella está en ella, pero veo el hecho de que ella tiene que trabajar X horas y estar en su casa y hacerlo «a su manera» como lo que significa Usted está a cargo, en lugar de ella.

La señora de la limpieza:

Hubo un tiempo que sólo tenía a alguien venir dos veces por semana para la limpieza! No se la consideraba un «empleado», sino más bien proporcionando servicios profesionales. Usted pagará un poco más por esto, pero luego la mayoría de las cosas que menciono en el artículo – se puede ignorar! Si está trabajando 2 días a la semana, no es un empleado. La línea fina es si ella trabaja 3 días a la semana: si usted proporciona por lo menos la mitad de sus ingresos, se considera que es económicamente dependiente de usted! ¿Trabaja 4 días a la semana para otra persona? Si pierde ese trabajo, entonces usted es su principal fuente de ingresos y tiene «dependencia económica».

Referencias y Agencias:

Mi primera opción es siempre referencias: de un amigo, un miembro de la familia de otra criada que conozco, o de otras madres. Todas mis sirvientas han venido referidos de un amigo o su criada. Pero hay otras fuentes: Grupos de Facebook – Me gustan Panamá Mamas. Los expatriados en Panamá es otro, pero atiende a preguntas más generales. También hay agencias de colocación, como Agencia domésticas de Panamá y Niñeras.

Contratación:

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Una vez que haya identificado sus necesidades y la persona adecuada, es hora de discutir los contratos para su criada de Panamá. Incluso si ella no es panameña, todavía escribir un contrato! Si no tiene un contrato por escrito: tiene un contrato verbal. Panamá Ley Laboral no deja un vacío – hubo un contrato, no fue por escrito. Y la peor parte es: ¡la palabra del empleado tiene más peso que los empleadores! ¿Qué se acordó? ¿Cómo se acordó? Póngalo por escrito. Y sí, debe estar en español. Y sí, idealmente, preparado o revisado por alguien (un abogado o un experto en derecho laboral) que realmente conoce los contratos de trabajo. Yo sé – su vecino tiene un modelo de contrato! Probablemente también puede pedir uno en el Ministerio de Trabajo.

Requisitos básicos del contrato:

Los requisitos básicos del contrato son:

  • Partes: nombre, nacionalidad, edad, hombre / mujer, estado civil, domicilio y cédula o número de pasaporte
  • Dependientes del trabajador: nombre de los que viven y dependen del trabajador
  • Tipo de servicio ofrecido
  • Lugar donde el trabajador debe presentarse para trabajar
  • Duración del contrato: definido (período de tiempo) o indefinido
  • Horas de trabajo y tipo de «turnos» – si corresponde
  • Salario – cómo se pagará, en qué fecha y dónde se pagará
  • Lugar y fecha de la firma del contrato
  • Firmas de las partes

Registre su contrato con el Ministerio de Trabajo.

Otras tareas:

Seguridad Social:

Además del contrato, considere registrarla en el Seguro Social. Para eso, usted (el empleador) debe registrarse. Usted puede hacer esto sin un abogado, pero es posible que desee un traductor o un buen taxista para esto. Tuve un gran tipo para esto hasta hace unos 3 años, desafortunadamente, falleció inesperadamente. Nunca he encontrado a alguien que lo reemplace. Él era impresionante – sabía dónde estaban todas las oficinas del gobierno, tenía una idea básica de los formularios, y podría llevar a través de ella sin mayor dificultad! Sin embargo, siempre puede pedirle a su abogado o bufete de abogados que le ayude con esto. ¿A qué rama va a ir? El que es más fácil para que usted pueda llegar a la hora pico cuando olvidó el papeleo se debía «hoy» – será un día de esos que todo puede suceder!

Ventajas:

El beneficio de registrar a su empleada de Panamá en CSS (Caja de Seguro Social) es que se deshace de un par de riesgos:

  1. Cuidado de la salud – usted ya no es responsable de su atención médica – puede ir a CSS;
  2. Embarazada? Usted no es responsable por su permiso de maternidad, chequeos o si es un embarazo de alto riesgo;
  3. Si tiene un accidente en el trabajo, CSS lo cubre completamente (el médico y el tiempo que deja de trabajar después de los primeros 18 días), cubriendo los primeros 18 días de licencia por enfermedad en un año.

Y como un beneficio adicional: ella (si todavía cuando llega a la edad de jubilación) obtener una pensión. Incluso si su criada es un inmigrante ilegal, y no tienen su permiso de trabajo, todavía es posible registrarlos en el Seguro Social y ponerlos en ese sistema.

Desventajas:

En el lado negativo: tienes que ir y registrarte y tienes que registrar tu doméstica. Usted tiene que calcular y pagar las deducciones de las SS cada mes – contribuciones del empleador y del empleado, que usted retiene del sueldo y usted paga adentro (hay contribución de usted y una de ella), y cada mes usted tiene que hacer el pago, completar los formularios en línea en el sistema, y ​​presentarlos.

Usted también tiene que recoger su «paz y salvo» cada mes de CSS (así que elija la oficina más conveniente a donde usted vive y/o trabaja). No es el sistema más fácil de usar que ha encontrado – y admito que mi encargado de libros de la oficina cuida de él para mí, porque no quise invertir mi tiempo de trabajo en estar fuera!

El sistema se llama SIPE: http://www.css.gob.pa/sipe/.

Aquí es donde usted se inscribe como empleador: http://www.css.gob.pa/sipe/afiliacion.html – y, por supuesto, es todo en español!

Y aquí es donde usted aconseja que tiene un nuevo empleado a partir de:

http://www.css.gob.pa/sipe/avisodeentrada.html.

Tienen toda una sección sobre «e-aprendizaje».

 

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Si usted no contrató a una Empleada Doméstica de Panamá, ¿cuál es el estatus legal de su criada? Si ya tiene visa, ¿qué tipo de visa tiene? Los dos visados ​​más comunes que encontrará son:

  1. Doméstica (la visa real para las Empleadas)
  2. Crisol de Razas

Desafortunadamente, el programa de Crisol de Razas ya no está disponible, a menos que llegaran antes del 31 de mayo de 2017 con esta primera solicitud. Si ya están en el sistema, se les permitirá continuar, pero la Oficina de Inmigración no acepta ninguna solicitud nueva para aquellos que no están registrados. Algunas personas con Crizol de Razas fueron capaces de obtener una visa de 10 años bajo el programa, una vez renovada. Eso ya no está disponible para los nuevos solicitantes, pero todavía puede encontrar a alguien que tiene ese estatus. La mayoría de las personas tienen una visa de 2 años, pero son capaces de renovar.

Visa de Doméstica:

Si necesitan solicitar la visa doméstica, entonces usted el empleador, tendrá que proporcionar algunos documentos al departamento de inmigración. La sirvienta tendrá que llenar el formulario del sitio Panamá Tramita. Los requisitos básicos de esta visa se publican en Gaceta 26104.

  • Esta visa requiere un bono de $ 500.00, más un cargo de $ 250.00 al Departamento de Inmigración.
  • El boleto de vuelta a su país de origen debe ser presentado.
  • Se debe incluir una factura de servicios públicos para su hogar.
  • El empleador debe proporcionar su saludo de paz, que es un certificado de buena reputación de la DGI (Dirección General de Ingresos) – Departamento de Impuestos – mostrando que usted está en buen estado.
  • Prueba de que ya se ha registrado con el CSS (Seguro Social).
  • Una carta de empleo de usted a ella, ofreciéndole el empleo.

Esta visa es válida solamente por 2 años; Entonces ella debe renovarlo. Necesita un abogado para esta visa.

Las condiciones de trabajo

Una vez que usted tiene su empleada de Panamá, entonces estas «reglas» básicas se aplican a lo que usted puede y no puede esperar.

Código de Trabajo:

El Código del Trabajo se aplica a todas las empleadas dompesticas, independientemente de su condición jurídica (ilegal en el país o no). Incluso si son inmigrantes ilegales, pueden ir al Ministerio de Trabajo para informarles. Por lo tanto, cumplir con el salario mínimo, pago de vacaciones, el pago de décimo, y el pago de los días festivos, etc. Dicho esto, una sección especial del Código de Trabajo se dedica específicamente a » La sección importante es el artículo 231.

Periodo de prueba:

El Código considera que las dos primeras semanas son un período de prueba. Esto difiere de los contratos laborales normales, que consideran que hay un período de prueba de 3 meses. Si termina después de este primer período de prueba de 2 semanas (y no es una terminación justificada), le dará un aviso de 30 días (o pagará el aviso de 30 días).

Normalmente pasar la primera semana en casa con ella, y luego la segunda semana aparece en cualquier momento inesperadamente durante el día para confiar en ella. Y todavía lo hago meses y años después!

Remuneración:

El salario mínimo para una empleada doméstica en la Ciudad de Panamá es de $ 250.00 / mes. Buena suerte para encontrar a alguien dispuesto a trabajar por este tipo de remuneración! Los sueldos mensuales típicos que he logrado escuchar están por encima de $ 375.00, y van tan alto como $ 700.00 / mes. Usted probablemente obtendrá lo que paga (pero debe elegir bien).

El Código de Trabajo establece explícitamente que «al menos que se acuerde otra cosa», se presume que el paquete de remuneración incluye (además del pago de dinero): alimentos y comida. La comida debe ser saludable, abundante y nutritiva; La habitación debe ser cómoda e higiénica.

Conozco a algunas personas que ofrecen a sus empleadas: $ XXX en sueldo más $ 20.00 / semana por comida (la empleada entonces compra lo que quiere). Otros compran la comida que la empleada va a comer, pero no es lo que come la familia. Siempre he tenido la costumbre de que la sirvienta come lo que ella cocina para nosotros (porque ella se sentará y comerá con mi hija si no estoy en casa), a menos que ella realmente quiera «algo de casa», en cuyo caso ella puede cocinar algo separado para ella misma. Por lo general, pregunto qué tipos de café, pan, frijoles y arroz le gusta, y comprarlos para ella (porque normalmente son diferentes de lo que me gusta).

Préstamos o anticipos:

La Ley del Trabajo de Panamá prohíbe que usted deduzca cualquier dinero prestado a un empleado de su pago de liquidación. Por lo tanto, si usted va a prestarles dinero: ¿cómo y cuándo se va a obtener un reembolso?

  • Primera opción: no les preste dinero.
  • Segunda opción: sustituya el prestar dinero, sino que en vez de eso les dé un anticipo sobre el salario del próximo mes (y documenten que se trata de un anticipo). O avanza su décimo.
  • O pídales que vayan a trabajar extra para usted los fines de semana y la primavera: limpie su casa.

Horas laborales:

Según el Código de Trabajo, la empleada doméstica de Panamá recibe un «descanso» a partir de las 9.00 p.m. A las 6.00 a.m. Me doy cuenta, si usted tiene un recién nacido, todos en la casa puede despertar con el bebé y los cólicos! Pero no debe exigir que ella sirva y atender una fiesta hasta las 2.00 a.m., y luego a las 6.00 para conseguir el desayuno en la mesa para los niños.

Ella también recibe su «descanso semanal» y «vacaciones anuales» que deben pagarse. Tiene derecho a un día de descanso pagado en días festivos o nacionales de luto (como cuando muere un ex presidente). Sin embargo, usted puede pedirle que trabaje este día festivo, siempre y cuando usted paga un recargo del 100% en un día normal de pago.

Cada semana tiene derecho a un día de descanso – «día de descanso» o «descanso semanal». La ley lo describe como «descanso semanal». Por lo general, esto sería domingo, pero usted podría estar de acuerdo con ella cualquier día de la semana libre. Se supone que es el mismo día cada semana. Habitualmente, sin embargo, reciben un día y medio fuera cada semana: dejando el sábado por la tarde (1pm, 3pm, 4pm – lo que usted ha convenido en), y regresando lunes por la mañana (7am). Tuve una empleada que nunca parecía lograr llegar a las 7 am el lunes por la mañana, y así que cambié su día libre, por lo que se fue el viernes por la tarde y regresó el domingo por la mañana. ¡Problema resuelto! Ya no importaba si se demoraba una hora.

Paga de vacaciones:

En Panamá, usted debe considerar los días festivos. He aquí un ejemplo de los días feriados de 2017: http://www.cuandoenelmundo.com/calendario/panama/2017. Las fechas marcadas en rojo son días festivos reales. Aquellos en azul son días que la gente no suele trabajar (las fiestas bancarias o los empleados trabajan las horas de antemano para quitarlas). Una criada de Panamá va a esperar tener los días en rojo, o ser pagado horas extras (100% extra) para ese día.

Además, su empleada doméstico tiene derecho a un mes de vacaciones al año. Este es un mes para ir a casa a su familia (probablemente en el interior o posiblemente en el extranjero). Usted puede elegir dividir esto en dos vacaciones de 2 semanas: darle su tiempo libre después de los primeros 5,5 meses, y luego otro 2 semanas de vacaciones al final de su año de trabajo. Nota: No tiene que ser exactamente al final del año. Podría ser a los 11 meses, 12 meses o 13 meses. ¡Pero ella tiene que gozar de ese beneficio!

Nos vamos de vacaciones:

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¿Y si te vas de vacaciones? ¿Y qué? Usted tiene un par de opciones:

Llevarla contigo

  1. Dejarla en casa para cuidar al perro
  2. Enviarla de vacaciones

Si elige la opción # 2, usted todavía tiene que pagarle el salario completo que le corresponde, como si estuviera haciendo todo (a menos que pueda llegar a un acuerdo de algún tipo con ella que va a hacer algunos trabajos secundarios mientras está ausente para un amigo tuyo, y que juntos la pagarán). Pero la realidad es que sigue siendo su empleada mientras está de vacaciones.

Décimo (décimo tercer mes):

Esta es una particularidad del derecho panameño y centroamericano que luché durante mucho tiempo para entender y darle la vuelta. Básicamente: usted paga a los empleados un salario mensual, que cubre 12 meses. Pero si usted mira el año como semanas, y períodos de 4 semanas, hay 13 meses en el año. Y por lo tanto, el sistema de (aquí, en Panamá) es que durante el año (15 de abril, 15 de agosto y 15 de diciembre) pagas ese mes «faltante» en 3 cuotas. A menudo, el 15 de abril el pago se realiza a principios de año (después de Carnavales, antes del comienzo del año escolar). Usted no está obligado a pagar esto temprano, pero en mi oficina lo hacemos, debido a los muchos empleados con niños que comienzan la escuela.

Cuidado de la salud:

Es su responsabilidad de firmar y firmar su empleada doméstica de Panamá para la cobertura de la Seguridad Social. Esto cubrirá sus necesidades de atención médica. Si usted no la firma para CSS, entonces usted es responsable de su cuidado médico, y si ella tiene un accidente en el trabajo, usted es responsable de las facturas del hospital y así como pagarle durante el tiempo de recuperación!

No está obligado a proporcionarle un seguro de salud privado, una cobertura dental (también proporcionada en CSS) o atención médica privada.

Su teléfono móvil:

Oh, éste es difícil: ¡pregúntale a cualquier gerente de oficina! Conecté el teléfono de mi empleada a mi internet inalámbrico de la casa (configuración de un usuario de la red), de modo que pueda controlar mi uso del ancho de banda. Escucha música toda la mañana mientras limpia. Le he pedido que no use el auricular cuando mi hija esté en casa, ya que quiero que preste atención a mi hija, no al teléfono. Y con esta criada, no he tenido ningún problema. Pero he tenido problemas en el pasado con las criadas y sus teléfonos móviles! A veces, no hay nada que hacer, solamente dejarlas ir – porque algunas cosas simplemente no se corrigen!

 

Maternidad:

Una protección ofrecida por el Código de Trabajo de Panamá es el «fuero de maternidad»: los artículos 105-116 del Código del Trabajo. Esto significa que durante los 9 meses del embarazo y durante un año después del parto, sólo puede terminar la relación a través de un tiro justificado (con causa), y debe ser aprobado por el Ministerio de Trabajo. Comprar sus anticonceptivos! No puedes obligarla a tomarlos, pero puedes ponerlos a disposición de ella.

Terminaciónfired, termination, terminated, labor law, labour law, contract, agreement, Panama lawyers, employment, justified, with cause, mutuo acuerdo, mutual accord

Hay una serie de escenarios que pueden dar lugar a la terminación: renuncia, despido (justificado) o simplemente terminación injustificada.

Resignación

Si renuncia, todavía tiene derecho a:

  • salario por días trabajados esta quincena
  • pago de vacaciones pendientes
  • décimo pendientes

Prima de antigüedad

Disparo (con causa)

Si usted la despide, con causa (es decir, usted cogió su robo en las manos o una de las causas indicadas en el Artículo 213, entonces usted está obligado a darle sólo los 4 pagos indicados arriba:

  • Salario por días trabajados esta quincena
  • Pago de vacaciones pendientes
  • Décimo pendientes

Prima de antigüedad

Usted no necesita pagar ninguna notificación o indemnización.

Terminación (sin causa)

Si usted no tiene documentado (y bien documentado – amonestaciones escrito), entonces la mejor manera de terminar la relación es sólo para pagar a su empleada doméstica de Panamá sus cuotas, y dejarla ir!

Usted tendrá que pagar:

  • Salario por días trabajados esta quincena
  • Pago de vacaciones pendientes
  • Décimo pendientes

Prima de antigüedad

  • Aviso de 30 días
  • La indemnización indicada en el artículo 231, inciso 4 del Código del Trabajo.

Otras causas de terminación:

El Código Laboral también prevé otro motivo de terminación, en el artículo 231 que NO está disponible para los trabajadores normales: enfermedad por más de 4 semanas lo que les impide ir a trabajar. Sólo se le exige que pague el 1 mes de incapacidad (licencia por enfermedad), y luego la indemnización mencionada en el inciso 7 del Artículo 231.

Acuerdo Mutuo:

Mi forma favorita de terminación es «Mutuo Acuerdo» – un acuerdo escrito entre las partes para terminar la relación laboral. Esto elimina cualquier «él dijo – ella dijo» argumentos o si está justificado o no. Incluso con este acuerdo, usted todavía tiene que pagar los primeros 4 artículos enumerados arriba:

  • Salario por días trabajados esta quincena
  • Pago de vacaciones pendientes
  • Décimo pendientes

Prima de antigüedad

Pero, dependiendo de por qué usted está dejando a la persona ir, usted puede entonces decidir qué usted va a ofrecer con respecto a la notificación de 30 días y la indemnización para la terminación.

En caso de duda, solicite un abogado.