Gray & Co. Derecho Corporativo ,Doing business in Panama Regulación de los servicios financieros: interrupción de mercados

Regulación de los servicios financieros: interrupción de mercados


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Regulación de los servicios financieros: Interrupción de mercados.

Desde diciembre, el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá ha estudiado posiblemente regulaciones para el mercado de servicios financieros. El enfoque particular de la ley propuesta es Fintech (finanzas y tecnología) productos. En particular, esto introduce y regula:

  • cripto-monedas
  • tecnologías de cadena de bloque
  • multitud de fondos
  • areneros y sus incentivos
  • oficinas familiares
  • empresas de células protegidas
  • compañias de cartera segregada
  • sociedades de cartera
  • asociaciones limitadas

Panamá innovó por última vez en su sector de servicios financieros en 1995, cuando presentó la Fundación de Interés Privado. Se basa en gran medida en la corporación (Ley 32 de 1925), que ha sido atacada por la OCDE. Si bien actualizó la legislación de LLC en 2009, derogó la sección relativa a las LLC que son «entidades de flujo continuo». Esto tuvo lugar aproximadamente una semana después de adoptar la nueva legislación. En un ligero toque legislativo, redujo las oportunidades de utilizar una LLC en el mercado local con cualquier ventaja impositiva sobre la corporación. Por lo tanto, será interesante observar cómo estas empresas y asuntos se regulan realmente una vez que se introdujeron. El proyecto legislativo tiene el ambicioso título de «Modernización del sistema financiero internacional de Panamá«.

Servicios financieros

De particular interés con las regulaciones de servicios financieros son los llamados «EFE» s – «Entidades Financieras Especializadas». Esto se traduce como Entidades Financieras Especializadas – SFEs. Estas son entidades que ofrecen:

«Apertura y administración de cuentas de pago, transferencias, transferencias de dinero y emisión de dinero digital, etc.»

Una vez adoptada, esta legislación designa al Ministerio de Economía y Finanzas como el perro guardián, responsable de la introducción de las regulaciones y políticas con respecto a las Entidades Financieras Especializadas. Después de tres años, se prevé que la Superintendencia de Bancos se convierta en el perro guardián. Se incluyen en las Entidades a los proveedores de Internet y las empresas de alojamiento de dicha moneda digital, así como cualquier custodio de monedas digitales o billeteras de cadena de bloque. Esto también incluye compañías que permiten la compra de oro, plata o antigüedades (ya sea en monedas o barras. Además, incluye comerciantes FOREX).

Es interesante observar lo siguiente sobre este proyecto de ley:

  1. El capital mínimo pagado en un Entidad Financiera Especializada será de US $ 30,000.00, en lugar del capital típico de $ 10,000 para una compañía panameña. Sin embargo, hasta el 50% del capital puede ser pagado en «en especie», como tecnología, marcas registradas y similares.
  2. Sin embargo, si la compañía incluirá transferencias internacionales, el capital mínimo pagado será de US $ 60,000.00, y no se permitirá el pago «en especie».
  3. Si la Entidad Financiera Especializada emité en moneda digital, de cualquier tipo, el capital requerido es de US $ 150,000.00.
  4. Para operaciones con FOREX, se requiere un capital de US $ 60,000.00. Si actúa como agente, el capital mínimo pagado es de US $ 1 millón.

También tenga en cuenta que las «financieras» o pequeñas compañías financieras y las compañías de remesas (como Western Union) serán transferidas a la Superintendencia de Bancos. Actualmente están supervisados ​​por el Ministerio de Comercio.

Vigilante de servicios financieros

Por el momento, hay 3 o más vigilantes de servicios financieros en Panamá. Tenemos:

  • Superintendente de Banca
  • Comisión de Seguridad
  • Superintendente de Seguros
  • Ministerio de Comercio para algunas entidades financieras

Este proyecto introduce un único perro guardián para los servicios financieros, que abarcará todas estas áreas bajo un único regulador.

Multitud de Fondos e incubadoras

La segunda área de enfoque de este proyecto legislativo es «Centros de Financiamiento Colectivos» (CEFICO). Sabemos esto como multitud de fondos. Según se distribuyó, el proyecto indica que ningún participante puede financiar más del 2% de un proyecto por menos de US $ 1 millón, o el 1% de cualquier proyecto por más de US $ 1 millón. Esto incluso se aplicaría en los casos en que se solicite una segunda ronda de financiación. También se discutió que el valor neto de un participante en crowdfunding debería ser mayor a US $ 125,000.00 o un ingreso anual mayor a US $ 50,000.00. Sin embargo, todo esto es información muy preliminar. Se prevé que eventualmente caiga bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos.

Este proyecto también presenta la «caja de arena» para proyectos de innovación en la Ciudad del Saber. Aunque se supone que la Ciudad del Saber ya funciona como una incubadora para empresas de tecnología, la idea detrás de este proyecto es que las empresas sean específicamente fintech, en lugar de tecnología.

Entidades Corporativas

Al mismo tiempo, esta legislación introduce numerosas entidades nuevas, como Family Office y Protected Cell Companies.

Se prevé que las regulaciones de Family Office copien las de la legislación de Empresas Multinacionales, con la diferencia de que se requerirá un capital mínimo de US $ 30,000,000, en lugar de los US $ 200 millones requeridos para una Compañía Multinacional. El objetivo de esta legislación es atraer a Panamá a las compañías tenedoras de América Latina, convirtiendo a Panamá en el centro financiero de las Américas.

Esta es una visión muy preliminar de la legislación propuesta, que ahora solo se está presentando a la Legislatura. Ahora tiene que someterse al debate público en las tres rondas de debates en la legislatura. Solo entonces veremos la versión final convertida en ley. Después de eso, esperamos las regulaciones.